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Registro de servicios de prevención ajenos y de entidades auditoras

Tiene carácter público y constituye un instrumento de conocimiento y ordenación para facilitar la gestión de la actividad preventiva.

El R.D 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en su Art 28.1 establece que los órganos competentes de las Comunidades Autónomas que hayan recibido los correspondientes traspasos de Servicios, crearán un Registro en el que serán inscritas las entidades especializadas que hayan sido autorizadas como servicios de prevención.

Por Orden de 10 de mayo 2000, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, se crea el Registro de Servicios de Prevención  Ajenos y de personas y entidades especializadas para desarrollar la actividad de Auditoria de Sistemas de Prevención de empresa, en la comunidad de Castilla y León.

En el registro se inscribirán de oficio las entidades especializadas y acreditadas definitivamente por la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.

El registro tiene carácter público y constituye un instrumento de conocimiento y ordenación para facilitar la gestión de la actividad preventiva.

Con el Objeto de poder controlar el cumplimiento de las condiciones de acreditación, las Entidades Especializadas acreditadas definitivamente como Servicios de Prevención Ajenos y las Personas  y Entidades Especializadas como Auditorías estarán obligadas a notificar los conciertos firmados con todas y cada una de las empresas a las que van a prestar servicios. 

La instrucción de 5 de junio de 2013 de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad y de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Economía y Empleo, establece las condiciones de acreditación y funcionamiento de los Servicios de Prevención Ajenos en Castilla y León

  Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaCondiciones de acreditación y funcionamiento de los Servicios de Prevención Ajenos en Castilla y León (418 kbytes)   

Se anula los apartados 3a) y 4a) por Sentencia número 362/2019.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaOrden de la Consejería de Sanidad de 27 de diciembre de 2019 por la que se dispone la ejecución de sentencia número 362/2019 (1.193 kbytes) Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaSentencia número 362/2019, dictada el 18 de marzo de 2019 (123 kbytes)

En relación a la Instrucción de 5 de junio de 2013 de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad y de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Economía y Empleo, sobre las condiciones de acreditación y funcionamiento de los Servicios de Prevención Ajenos en Castilla y León, se realizan las siguientes aclaraciones: 

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaConsideraciones a la Instrucción de 5 de junio de 2013 (50 kbytes)   

                                                                                 

Los datos referidos a los conciertos que los Servicios de Prevención Ajenos mantienen con las empresas a los que prestan sus servicios serán  introducidos por los Servicios de Prevención Ajenos a través de la aplicación informática SERPA .

Un usuario no registrado podrá hacer consultas de acreditaciones si desea conocer aquéllos SPAs que están acreditados en determinada provincia/especialidad o que estén acreditados en determinada actividad.