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Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León

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Por Decreto 14/2014, de 3 de abril, se regula el Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León y los Consejos Provinciales de Trabajo y se crea la Comisión de Convenios de Castilla y León.

La Comisión de Convenios de Castilla y León se configura como órgano de asesoramiento y consulta especializado en materia de negociación colectiva, ejerciendo funciones de intervención en los procedimientos de solución de discrepancias surgidas por falta de acuerdo en los procedimientos de inaplicación de condiciones de trabajo en el convenio colectivo de aplicación.

La Comisión estará constituida por el Presidente, seis vocales (dos en representación de la Administración, dos en representación de las organizaciones sindicales más representantivas y dos en representación de las organizaciones empresariales más representativas) y un Secretario.