Se entiende por materiales ligeros, las diversas placas construidas con materiales que no están fabricados para soportar el transito de personas, ni el acopio de materiales, salvo que se adopten medidas de protección.
Placas de fibrocemento, placas translucidas de resina de poliéster, de cloruro de vinilo o de materiales termoplásticos, entre otras, conforman tejados ligeros que hacen que el número de accidentes que se producen mientras se efectúan trabajos de desmontaje o montaje, de mantenimiento o de limpieza principalmente, tengan consecuencias graves o mortales debido a caídas de altura por rotura de estas cubiertas.
Otro riesgo habitual es la caída de objetos o de parte de la cubierta sobre personas por acumular cargas excesivas sobre las mismas o al pisar directamente sobre la superficie rompiéndose una parte de la misma.
Las excelentes propiedades aislantes, mecánicas, químicas y de resistencia al calor y a las llamas que presenta el amianto, así como su relativo bajo coste, explica sus numerosas aplicaciones, en especial fibrocemento en cubiertas. Las reparaciones o sustituciones en estas cubiertas, además del riesgo de caída de alturas, suponen un grave riesgo de enfermedad profesional para los trabajadores, produciendo lesiones irreversibles, que producen enfermedades graves y en muchos de los casos mortales.
Medidas de prevención y protección
- Se dará prioridad a la utilización de equipos de trabajo diseñados para trabajos en alturas, andamios eléctricos de cremalleras, cestas adecuadas para personas o cualquier otra plataforma elevadora móvil de personal, con su correspondiente marcado CE.
- Cuando el acceso a la cubierta se haga por medio de escaleras manuales se deben tomar todas las medidas de seguridad inherentes a su uso.
- En el caso que sea necesario la circulación por la cubierta, nunca se pisará directamente sobre las placas, sino que se usarán pasarelas de circulación apoyadas como mínimo encima de dos correas de estructura de cubierta. Se protegerán el perímetro de cubierta y los huecos interiores con barandillas u otro sistema de protección colectiva equivalente.
- Cuando sea posible, se montarán redes horizontales bajo la cubierta, para evitar caídas de trabajadores o de materiales.
- No se debe trabajar con protección individual como único sistema preventivo.
- Deben suspenderse los trabajos si las condiciones atmosféricas lo desaconsejan.
- En las cubiertas que contengan amianto, los trabajos se realizarán conforme al plan específico de trabajo aprobado.
Equipos de protección individual
El RD 1627/97 indica que los trabajos en altura sólo podrán efectuarse, en principio, con la ayuda de equipos concebidos para tal fin o utilizando dispositivos de protección colectiva, tales como barandillas, plataformas o redes de seguridad. Si por la naturaleza del trabajo ello no fuera posible, deberá disponerse de medios de acceso seguros y utilizarse cinturones de seguridad con anclaje u otros medios de protección equivalente.
La línea de vida es un elemento rígido o flexible, fijado permanentemente a una estructura a la cual es posible sujetar un dispositivo de anclaje o un equipo de protección individual.
Entre la información e instrucciones que el fabricante debe suministrar junto a los equipos, hay que destacar:
- Como conectar el equipo a un arnés anticaída.
- Instrucciones para la correcta instalación de un punto de anclaje fiable.
- La longitud de la línea y las cargas a resistir.
- Modo de manejo del dispositivo.
- Limitaciones del equipo.
- La utilización por personal formado.
- Duración del equipo y revisiones.
- Significado de los marcados.
Los arneses son sistemas de protección individual anticaídas de altura que garantizan la parada segura de una caída de forma que:
- La distancia de caída sea mínima.
- La fuerza de frenado no provoque lesiones corporales
- La postura del usuario, una vez producido el frenado de la caída, sea tal que permita al usuario dado el caso esperar auxilio.
En el caso de cubiertas ligeras, normalmente la línea de vida se coloca en la cumbrera de tejado, los arneses anticaídas asociados a un dispositivo retráctil, se unirán a la línea de vida por medio de conectores, la longitud formada por el conector será inferior a la distancia existente desde la cumbrera al posible punto de caída perimetral.
La utilización de dispositivos anticaídas retractiles con función de bloqueo automático son indispensables para evitar que el trabajador pueda lesionarse con la placa al romperse o desfondarse al pisar sobre ella.
Documentación
Enlaces
Normativa
-
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
-
Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.
-
Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud laboral en los lugares de trabajo.
-
Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de los Equipos de Protección Individual.
-
Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud laboral en las obras de construcción.
-
Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
-
Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo