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Lecciones aprendidas: Atropellos por la concurrencia de trabajadores/as a pie y vehículos automotores

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Autor:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo. Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.

Descripción:

La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, a través de la Oficina Territorial de Trabajo de la Junta de Castilla y León en Burgos, con la colaboración de la Universidad de Burgos, han recopilado varias experiencias de mejora relacionadas con  prevención de riesgos laborales, de las que se pueden obtener las siguientes “lecciones aprendidas”.

ATROPELLOS POR LA CONCURRENCIA DE TRABAJADORES/AS A PIE Y VEHÍCULOS AUTOMOTORES

La concurrencia de trabajadores/as a pie y equipos automotores (carretillas elevadoras, furgonetas, camiones, etc.) es una situación habitual en las empresas. Los peligros a considerar para el peatón cuando se da esta situación incluyen el de ser golpeado/a, aplastado/a o atropellado/a (circunstancia la mayoría de ocasiones generada por la falta de visibilidad por parte del conductor/a) o el de ser golpeado/a por parte de la carga al desprenderse esta desde el propio equipo automotor.

El origen de este tipo de accidentes, en muchos de los casos, está en:

  • Un inadecuado diseño del ciclo productivo o de las tareas que obliga a la convivencia de peatones y vehículos automotores.
  • Falta de espacio por la incorporación de líneas de producción o nuevas máquinas y equipos de trabajo, situación agravada por la presencia de zonas sin visibilidad o con visibilidad limitada.
  • Externalización de los procesos logísticos con terceras empresas sin realizar una adecuada gestión del riesgo a través de la oportuna coordinación de actividades preventivas.
  • Generalización y normalización en el uso marcha atrás de carretillas elevadoras lo que limita al conductor/a la visibilidad y maniobrabilidad del equipos.
  • Consentimiento por parte de las empresas en relación con la permanencia y tránsito de peatones (por ejemplo conductores/as de camiones de terceras empresas) en el centro de trabajo del titular.

Fecha de publicación:

6 de septiembre de 2022