Fecha de publicación:
11 de enero de 2011
Fuente:
Consejería de Economía y Empleo
Descripción:
A partir del 28 de febrero se inicia el plazo para la renovación de inscripciones en el Registro de Empresas Acreditadas. Cada empresa deberá proceder a la renovación dentro de los seis meses anteriores a la expiración de su validez (que es de 3 años desde la fecha de inscripción)
Contenido:
REGISTRO DE EMPRESAS ACREDITADAS – RENOVACIÓN DE INSCRIPCIONES
Las empresas deberán solicitar, con carácter previo a su intervención en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción, como contratistas o subcontratistas, su inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas de la Comunidad de Castilla y León.
Dado que la inscripción tiene un período de validez de tres años, las empresas que deseen continuar inscritas deberán solicitar la renovación de la misma, dentro de los seis meses anteriores a la expiración de dicho período.
Tal y como se establece el artículo 7 de la Orden EYE/880/2008, de 30 de mayo, por la que se crea el REA en la Comunidad de Castilla y León, “Las empresas deberán solicitar la renovación de su inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas dentro de los seis meses anteriores a la expiración de su validez, y con arreglo al procedimiento establecido.
Renovación telemática:
Es el procedimiento más rápido y directo. Se realiza a través de la web del
Registro de Empresas Acreditadas
desde donde, después de elegir la provincia y “Entrar”, se puede acceder a la opción “Renovación empresa” que figura en “SOLICITUDES” (al margen derecho). Se cargarán los datos existentes siendo, necesario introducir los que varíen respecto a los que existentes en el REA. Igualmente, deben adjuntarse de nuevo los documentos en formato “.pdf”, tal y como se hizo en la inicial (pues estos han podido variar).
Solo se podrá realizar la solicitud de renovación durante los 6 meses previos al fin de la validez de la inscripción.
Renovación mediante la presentación en el registro en formato papel:
También se podrá proceder a la renovación por escrito. Para ello se deberá rellenar el formulario en “.pdf” que figura bajo el epígrafe “Solicitud de inscripción o renovación”. Este modelo está en el menú “Otras opciones”, y, dentro de él, en “Descarga de formularios”. Si se trata de una empresa extranjera el formulario a rellenar es el denominado como “Solicitud de inscripción o renovación de una empresa desplazada en España con sus trabajadores en virtud de una prestación de servicios”, al que se llega siguiendo el mismo itinerario.
Una vez cumplimentada la solicitud se debe adjuntar a la misma la documentación siguiente, según proceda:
- Cuando se actúe mediante representación, deberá aportarse escritura de poder notarial que habilite al firmante para la presentación de esta Declaración o acreditación de la voluntad del declarante por cualquier medio admitido a Derecho. En el caso de empresas no establecidas en España será válida la remisión de copia.
- La empresa debe ratificar que los medios materiales y humanos que se detallan en los apartados correspondientes están adecuadamente organizados y estructurados, siendo suficientes para la ejecución de los encargos comprometidos.
- Junto con la solicitud deberá aportarse documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones establecidas en las normas nacionales de transposición del artículos 7 (servicios de prevención y protección) de la Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores.
- Junto con la solicitud, deberá acompañarse certificación acreditativa de que el personal que se desplaza ha recibido formación adecuada en materia de seguridad y salud, conforme a lo previsto en el artículo 12 de la Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores.
Transcurrido el período de validez de la inscripción sin que la empresa hubiese solicitado en plazo su renovación, se entenderá automáticamente cancelada la misma en el REA.
Para resolver más dudas se puede consultar el apartado de
Preguntas más frecuentes del REA