La aprobación de la Directiva (UE) 2023/2668, de 22 de noviembre de 2023, ha supuesto una revisión profunda del régimen europeo de protección frente al amianto en el trabajo, al modificar la anterior Directiva 2009/148/CE con el objetivo de reducir al máximo el riesgo de exposición al amianto, lo que supone un salto cualitativo en materia preventiva.
Entre las novedades incorporadas se encuentra la reducción del límite de exposición profesional pasando de 0,1 fibras/cm³ a 0,01 fibras/cm³, diez veces por debajo del que se venía aplicando. Lo que va a suponer la obligación de revisar todas las evaluaciones de riesgos y medidas técnicas existentes.
A este respecto con fecha de 24 de marzo el INSST publicó el documento “Límites de Exposición Profesional para Agentes Químicos en España para el año 2026 (LEP 2026”). En este documento se recoge ya el nuevo VLA-ED de 0,01 f/cm3 para el amianto, tal como señala la Directiva (UE) 2023/2668, aun sin haberse procedido a la transposición a la legislación española de dicha Directiva 2023/2668 publicó
No obstante, por lo que se refiere a la aplicación de este nuevo valor límite en el momento actual, hay que tener en cuenta que al existir una normativa específica que establece un valor límite como es el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, lo recogido en esta norma es lo que prevalece sobre el valor establecido en dicho documento LEP del INSST. Y ello porque, aunque la fecha límite de transposición de la Directiva era el 21 de diciembre de 2025, mientras no se modifique la normativa específica (Real decreto 396/2006) el nuevo VLA-ED de 0,01 f/cm3 no entrará en vigor.
Esta transposición de la Directiva (UE) 2023/2668 en el correspondiente Real Decreto está previsto que se realice próximamente ya que se encuentra en tramitación y, en consecuencia, su entrada en vigor determinará la incorporación a nuestro ordenamiento jurídico de las disposiciones de aquella incluido el VLA-ED de 0,01 f/cm3 y será, a partir de entonces, de aplicación.
Por ello, es recomendable que las empresas que trabajan con amianto vayan comenzando a adaptar sus condiciones de trabajo al nuevo VLA de 0,01 f/cm3 y que sus servicios de prevención tengan en cuenta los aspectos técnicos necesarios , incluyendo la adquisición de nuevos equipos para la toma de muestras ya que la comparación de las mediciones que se realicen con el nuevo valor límite formula diferentes problemas técnicos debidos a que el método actual para medir las fibras de amianto en aire (MTA/MA-051), que utiliza la microscopía óptica, presenta limitaciones cuando nos movemos en concentraciones muy bajas, y obliga a las empresas a revisar previamente diferentes aspectos técnicos como la adecuación de las metodologías de muestreo actualmente utilizadas o la necesidad de disponer de equipos que permitan mayores caudales de captación, por tanto, va suponer una mayor exigencia técnica., procedimientos más sofisticados y aumento de la trazabilidad y control documental.